Sistema Arbitral de Consumo
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CGD decide adherirse al Sistema Arbitral de Consumo (SAC) para mostrar nuestra voluntad de resolver las insatisfacciones que puedan tener nuestros clientes.

CGD esta inscrita en el Registro de Empresas Adheridas con el número 2374. Descarga de resolución: Junta_Arbitral_de_Consumo.pdf

Ventajas del arbitraje para nuestros clientes.

  • Rapidez. Porque se tramita en un corto espacio de tiempo, máximo 4 meses desde que es designado el Colegio Arbitral.
  • Voluntariedad. Porque ambas partes se someten libremente al sistema para quedar vinculados a la resolución o Laudo del Colegio Arbitral.
  • Ejecutividad. Porque los Laudos (resoluciones arbitrales) son de obligado cumplimiento para las partes, como si se tratase de una sentencia judicial.
  • Economía. Porque es gratuito para nuestros clientes.